Desde mi pequeño rincón aportando mi Granito de Arena Camero para todo aquél que lo necesite, porque las personas tenemos que estar unidas, siempre al lado de esa gente de izquierdas, trabajadoras y luchadoras por el bien común.
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2 comentarios:
CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA
Artículo 21. (derecho fundamental)
1. Se reconoce el derecho de reunión pacífica y sin armas. El ejercicio de este derecho no necesitará autorización previa.
2. En los casos de reuniones en lugares de tránsito público y manifestaciones se dará comunicación previa a la autoridad, que solo podrá prohibirlas cuando existan razones fundadas de alteración del orden público, con peligro para personas o bienes.
COMPAÑERA ESTO NO TIENE NOMBRE, O SÍ, DICTADURA
Gracias compañero Anónimo, con tu permiso pongo tambien en mi entrada la parte de la constitución que tu has aportado, estamos llegando a los tiempos en los que no se podia salir a la calle, que fuerte.
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